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       Nabil Khalil PhD Sitio Web - Versión en Español

 
 
 
 

 

 

 

 

 

 

 

 Población palestina y judía en el mundo.

 

 

Población palestina y judía en el mundo

(Cifras estimadas)

 

La población palestina distribuida por países es la siguiente:

 

Palestina

     Cisjordania ……………………………………………………………….......1’596,554

     Gaza ……………………………………………………………………….........1’004,498

Israel …………………………………………………………………………………….943,497

Jordania ………………………………………………………………………………..2’328,308

Líbano …………………………………………………………………………………..430,183

Siria ……………………………………………………………………………………….465,662

Egipto …………………………………………………………………………………...48,784

Arabia Saudita ………………………………………………………………………274,762

Kuwait …………………………………………………………………………………..37,696

Otros países del Golfo ………………………………………………………….105,578

Iraqy Libia ……………………………………………………………………………..74284

Otros países árabes ……………………………………………………………..5,544

Países de América …………………………………………………………………203,588

Otrospaíses ……………………………………………………………………………259,248

Total ……………………………………………………………………………………....7’788,186

 

Fuente: periódico al ahram weekly. E! cairo, 6 de enero de 1999.

 

La población judía distribuida por países es la siguiente:

 

Israel ………………………………………………………………………………………4’790,000

Norteamérica ………………………………………………………………………….6’062,000

Centro y sur de América ………………………………………………………..428,000

(Sólo en Argentina hay ………………………………………………………….203,000)

Europa …………………………………………………………………………………….1’138,000

(Sólo en Francia hay ………………………………………………………………522,000)

Países de la ex -URSS …………………………………………………………….540,000

Asia y norte de África ……………………………………………………………..28,000

SudáfricayPacífico ……………………………………………………………………195,000

Total ………………………………………………………………………………………...13’181,000

 

Fuente: periódico iedeotahranot, israel, 20 de abril del 2000.

 

 

 

 

 

Resumen de resoluciones relacionadas

con Palestina vetadas por los Estados Unidos en el

Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

 

1- S/10974 del 24 de julio de 1973. (13 a favor, veto de EEUU, no participación de China):

 

Deplora la ocupación continua por parte de Israel de los territorios ocupados como resultado del conflicto de 1967. Expresa seria preocupación por la falta de cooperación de Israel con el Representante Especial del Secretario General.

 

2- S/11949 de 23 de enero de 1976 (9 a favor, veto de EEUU, 3 abstenciones (Italia, Suecia y Reino Unido), China y Libia no participaron):

 

Afirma el derecho del pueblo palestino a su autodeterminación, incluyendo el establecimiento de un Estado Palestino independiente. Pide el retiro de Israel de los territorios ocupados desde junio de 1967.

 

3- S/12022 de 24 de marzo de 1976. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Deplora la negativa de Israel de detener las acciones tendiente a cambiar el status de la ciudad de Jerusalén. Llama a Israel a terminar la ocupación de territorios árabes y a desistir de establecer asentamientos en los territorios ocupados.

 

4- S/12119 de 29 de junio de 1976. (10 a favor, veto de EEUU, 4 abstenciones (Francia, Italia, Suecia y Reino Unido):

 

Afirma el derecho inalienable del pueblo palestino a su autodeterminación, incluyendo el derecho a la independencia y soberanía nacional en Palestina.

 

5- S/13911 de 28 de abril de 1980. (10 a favor, veto de EEUU, 4 abstenciones (Francia, Noruega, Portugal, Reino Unido):

 

Afirma el derecho inalienable del pueblo palestino a su autodeterminación, incluyendo el derecho a crear un Estado Palestino independiente. Reitera que Israel debe retirarse de los territorios ocupados desde junio de 1962, incluyendo Jerusalén.

 

6- S/14943 del 1 de abril de 1982. (13 a favor, veto de EEUU y 1 abstención (Zaire):

 

Afirma que todas las disposiciones de la Convención de Ginebra de 1949 sobre la protección de civiles en conflictos armados se aplican plenamente a todos los territorios ocupados. Llama a Israel a cesar todas las medidas que está aplicando en la Ribera Occidental, incluida Jerusalén, la Franja de Gaza y los Altos del Golán sirio, que contravienen las disposiciones de la Cuarta Convención de Ginebra.

 

7- S/14985 de 2 de abril de 1982. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Reafirma la aplicabilidad de la Convención de Ginebra para todos los territorios ocupados. Condena los actos de destrucción y profanación de los lugares sagrados de Jerusalén.

 

8- S/15185 de 8 de junio de 1982. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Condena el no cumplimiento por parte de Israel de las resoluciones del Consejo de Seguridad 508 (1982) y 509 (1982). Reitera una demanda a Israel para que retire todas sus fuerzas militares de las fronteras reconocidas del Líbano.

 

9- S/15255 de 25 de junio de 1982. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Demanda el retiro inmediato de Israel de Beirut, junto con la retirada simultánea de la fuerza palestina de Beirut occidental. Solicita al Secretario General desplegar de inmediato observadores militares de NN.UU. para supervisar el cese del fuego en Beirut Occidental.

 

10- S/15347/Rev. 1, de 6 de agosto de 1982. (11 a favor, veto de EEUU, 3 abstenciones (Togo, Reino Unido y Zaire):

 

Condena enérgicamente a Israel por no cumplir las resoluciones del Consejo de Seguridad 516 y 517 de 1982 y llama a todos los Estados miembros de ONU a abstenerse de suministrar a Israel cualquier tipo de armas o ayuda militar, hasta tanto ese país no se retire totalmente del Líbano.

 

11- S/15891 de 1ro de agosto de 1983. (13 a favor, veto de EEUU, 1 abstención (Zaire):

 

Llama a Israel a desistir de toda acción dirigida a modificar el status legal y la composición demográfica de los territorios árabes ocupados en 1967. Deplora enérgicamente la persistencia de Israel en establecer asentamientos en los territorios ocupados. Llama a los Estados a no brindar a Israel ninguna asistencia que pueda ser utilizada específicamente para establecer asentamientos.

 

12- S/17459 de 13 de septiembre de 1985. (10 a favor, veto de EEUU, 4 abstenciones (Australia, Dinamarca, Francia y Reino Unido):

 

Deplora las medidas represivas tomadas por Israel desde el 4 de agosto de 1985 contra la población civil palestina. Llama a Israel a cumplir la Convención de Ginebra de 1949.

 

 

13- S/17769/rev. 1, de 29 de enero de 1986. (13 a favor, veto de EEUU, 1 abstención (Tailandia):

 

Deplora el continuo rechazo de Israel a la aplicación de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad. Reitera que todas las medidas tomadas por Israel para alterar el status de Jerusalén resultan nulas.

 

14-S/19466 de 29 de enero de 1988. (14 a favor, veto de EEUU.):

 

Llama a Israel a aceptar la aplicabilidad de la Convención de Ginebra de 1949 en los territorios árabes ocupados de 1967. Llama a Israel a desistir de continuar con sus prácticas violatorias de los derechos humanos de los palestinos.

 

15-S/9780 de 14 de abril de 1988. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Insta a Israel a cumplir de inmediato con las disposiciones de la Convención de Ginebra de 1949 y asegurar el regreso inmediato y seguro a los territorios palestinos ocupados de las personas que han sido deportadas. Condena las violaciones de derechos humanos contra el pueblo palestino por parte de los autoridades de Israel.

 

16-S/20463 de 17 de febrero de 1989. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Deplora las continuas prácticas del Gobierno de Israel en violación de los derechos humanos del pueblo palestino. Llama a Israel a cumplir con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y con las disposiciones de la Convención de Ginebra.

 

17-S/20677 de 8 de junio de 1989. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Deplora las continuas prácticas del Gobierno de Israel en violación de los derechos humanos del pueblo palestino. Llama a Israel a cumplir con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y con las disposiciones de la Convención de Ginebra.

 

Solicita al Secretario General monitorear la situación del territorio palestino ocupado y trasladar al Consejo de Seguridad recomendaciones sobre cómo asegurar el respeto a la Convención de Ginebra de 1949.

 

18-S/20945/Rev. 1, de 7 de noviembre de 1989. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Deplora las continuas prácticas del Gobierno de Israel en violación de los derechos humanos del pueblo palestino. Llama a Israel a cumplir con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y con las disposiciones de la Convención de Ginebra.

 

Solicita al Secretario General monitorear la situación del territorio palestino ocupado y trasladar al Consejo de Seguridad recomendaciones sobre cómo asegurar el respeto a la Convención de Ginebra de 1949.

 

19-S/21326 de 31 de mayo de 1990. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Establece una Comisión de tres miembros del Consejo de Seguridad para que viaje inmediatamente con el objetivo de evaluar la situación relacionada con las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado.

 

20-S/1995/394 de 17 de mayo de 1995. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Confirma que las expropiaciones de tierra por parte de Israel en Jerusalén Oriental violan las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y la Cuarta Convención de Ginebra de 1949.

 

Expresa el apoyo pleno al proceso de paz del Medio Oriente, incluida la Declaración de Principios del 13 de septiembre de 1993.

 

21-S/1997/199 de 7 de marzo de 1997. (14 a favor, veto de EEUU):

 

Llama a Israel a abstenerse de toda acción, incluida la construcción de asentamiento que alteren la situación en el terreno y por tanto el status final de las negociaciones. Llama a Israel a cumplir con sus obligaciones legales en virtud de la Convención de Ginebra de 1949.

 

22-S/1997/241 de 21 de marzo de 1997. (13 a favor, veto de EEUU, 1 abstención (Costa Rica):

 

Demanda a Israel cesar inmediatamente la construcción del asentamiento de Jabal Abu Ghneim en Jerusalén Oriental, así como todas las otras actividades de asentamiento en los territorios ocupados.

 

23-S/2001/270 de 26 de marzo de 2001. (9 a favor, 4 abstenciones (Reino Unido, Francia, Irlanda y Noruega), veto de EEUU y no participación de Ucrania):

 

Pide la cesación de todos los actos de violencia y provocación y el regreso a las posiciones anteriores a septiembre de 1990.

 

Expresa preocupación por las actividades en materia de asentamiento.

 

Declara la disposición del Consejo a instituir un mecanismo apropiado para proteger a los civiles palestinos, incluso mediante el establecimiento de una fuerza de observadores de las Naciones Unidas.

 

 

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