contáctenos

Árabe

عربي

       Nabil Khalil PhD Sitio Web - Versión en Español

 
 
 
 

 

 

 

 

 

 

 

 Declaración sobre el Medio Oriente de los Países de la Comunidad Económica Europea. Venecia, junio de 1980.

 

 

Declaración sobre el Oriente Medio de los países de la

Comunidad Económica Europea reunidos en Venecia.

Junio de 1980

 

1. Los Jefes de Estado y Gobierno y los Ministros de Relaciones Exteriores sostuvieron profundo intercambio de opiniones sobre la situación actual en el Oriente Medio en todos sus aspectos, incluido el estado de las negociaciones resultante de los acuerdos firmados entre Egipto e Israel en marzo de 1979. Coincidieron en que las crecientes tensiones que afectan esta región constituyen un serio peligro y hacen más necesario y urgente que nunca una solución global del conflicto árabe-israelita.

 

2. Los nueve países de la Comunidad Europea estiman que los lazos tradicionales y los intereses comunes que unen a Europa con el Oriente Medio les imponen jugar un papel particular y les exige actualmente trabajar más concretamente a favor de la paz.

 

3. Al respecto, los nueve países de la Comunidad se basan en las resoluciones 242 y 338 del Consejo de Seguridad y en las posiciones que han expresado en numerosas ocasiones, especialmente en sus declaraciones del 29 de junio de 1977, del 19 de septiembre de 1978, de las del 26 de marzo y 18 de junio de 1979, así como en el discurso pronunciado en su nombre por el Ministro de relaciones Exteriores de Irlanda, el 25 de septiembre último en la 34 reunión de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

 

4. Sobre las bases así definidas, ha llegado el momento de favorecer el reconocimiento y la aplicación de los dos principios universalmente admitidos por la Comunidad Internacional, el derecho a la existencia y a la seguridad de todos los Estados de la región incluyendo a Israel, y la justicia para todos los pueblos, lo que implica el reconocimiento de los derechos legítimos del pueblo palestino.

 

5. Todos los países de la región tienen el derecho a vivir en paz en fronteras seguras, reconocidas y garantizadas. Las garantías del arreglo de paz deberán ser ofrecidas por las Naciones Unidas por decisión del Consejo de Seguridad y en caso de necesidad, sobre la base de otros procedimientos mutuamente aceptados. Los Nueve se declaran dispuestos a participar, en el contexto de un arreglo global, en un sistema de garantías internacionales concretas y apremiantes incluso en el mismo sitio.

 

6. El problema palestino, que no es un simple problema de refugiados, debe encontrar finalmente una solución justa. El pueblo palestino consciente de existir en calidad de tal, debe ser puesto en disposición, mediante un proceso apropiado definido en el marco global de paz, de ejercer plenamente su derecho a la autodeterminación.

 

7. La aplicación de estos objetivos exige la adhesión y el concurso de todas las partes en pleito, al arreglo de paz que los Nueve se esfuerzan en promover sobre la base de los principios definidos en las declaraciones mencionadas anteriormente. Esos principios se imponen a todas las partes interesadas, por tanto al pueblo palestino y a la OLP, quien deberá ser asociada a la negociación.

 

8. Los Nueve reconocen el papel particularmente importante que reviste el problema de Jerusalén para todas las partes en pleito. Los Nueve subrayan que no aceptan ninguna iniciativa unilateral que tenga como objetivo cambiar el estatus de Jerusalén y que todo acuerdo sobre el estatus de la ciudad deberá garantizar el derecho de libre acceso a todos los sitios santos.

 

9. Los Nueve recuerdan la necesidad que tiene Israel de poner fin a la ocupación territorial que mantiene desde el conflicto de 1967, como lo hizo para una parte del Sinaí. Están profundamente convencidos de que las colonias de asentamientos israelíes representan un grave obstáculo al proceso de paz en el Oriente Medio. Los Nueve consideran que esas colonias de asentamiento, así como las modificaciones demográficas e inmobiliarias en los territorios árabes ocupados, son ilegales desde el punto de vista del Derecho Internacional.

 

10. Preocupados por poner fin a la violencia, los Nueve consideran que sólo la renuncia a la fuerza y a la amenaza del empleo de la fuerza de todas las partes, puede crear un clima de confianza en la región y constituye un elemento fundamental para el arreglo global del conflicto en el Oriente Medio.

 

11. Los nueve han decidido hacer todos los contactos necesarios con todas las partes interesadas. Estos contactos tendrán como objetivo informarse de la posición de las diferentes partes en relación con los principios definidos en la presente declaración y, a la luz de los resultados de esta consulta, determinar la forma que podría tomar una iniciativa por su parte.

 

 

 

 

 

 

 

Plan saudita de paz para el Medio Oriente

(Plan del Príncipe Fahd)

7 de agosto de 1981

 

El Plan Saudita que fue hecho público por el Príncipe Fahd el 7 de agosto de 1981, fue presentado en la Cumbre Árabe de Fez en noviembre del propio año, la cual concluyó abruptamente debido a las discrepancias existentes.

 

El Plan consta de los siguientes puntos:

 

1) Retirada de Israel de todos los territorios ocupados en 1967 incluyendo la parte árabe de Jerusalén.

 

2) Desmantelamiento de todas las colonias judías establecidas en territorios árabes desde 1967.

 

3) Garantizar libertad religiosa y ceremonias de este tipo en los lugares sagrados.

 

4) Confirmar el derecho al regreso del pueblo Palestino y recompensar los bienes de aquellos que no deseen hacerlo.

 

5) La margen occidental (Cisjordania) y Gaza, quedan bajo el control de la ONU en un período transitorio menor de un año.

 

6) Establecimiento de un Estado Palestino independiente con Jerusalén como capital.

 

7) Garantizar el derecho de los países de la región a vivir en paz.

 

8) La ONU o algunos países miembros deben garantizar estos principios.

 

 

 

 

 

 

 

 

Plan del presidente Ronald Reagan

para el Medio Oriente

31 de agosto de 1982.

 

- Plena autonomía para los habitantes palestinos de la ribera occidental (Cisjordania) y de Gaza, en Asociación con Jordania.

 

- Elecciones libres para seleccionar una autoridad autónoma palestina en los territorios ocupados.

 

- Congelación inmediata del establecimiento de asentamientos israelíes en la zona.

 

- Transferencia pacífica y ordenada de la autoridad doméstica de Israel a los habitantes palestinos de Cisjordania y Gaza en un período de cinco años, sin interferir con los requerimientos de la seguridad israelí.

 

- Jerusalén debe permanecer sin dividirse pero su estatus definitivo debe ser decidido mediante negociaciones.

 

- Estados Unidos no apoyará el establecimiento de un estado palestino independiente en la ribera occidental y Gaza y no apoyará la anexión o control permanente de estos territorios por Israel.

 

- Se ratifica que el compromiso de los Estados Unidos con la seguridad de Israel es inquebrantable.

 

 

 

 

 

Plan de paz para el Medio Oriente, aprobado en la

XII Cumbre Árabe celebrada en Fez, Marruecos

10 de octubre de 1982

 

1) Retirada israelí de todos los territorios árabes ocupados desde 1967, incluida Jerusalén

 

2) Desmantelamiento de todos los asentamientos establecidos por Israel en dichos territorios.

 

3) Garantía a la libertad de cultos por parte de todas las religiones en los lugares santos.

 

4) Reafirmación del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, al ejercicio de sus derechos nacionales inalienables bajo la dirección de la O.L.P., su único y legítimo representante, e indemnización a todos los palestinos que no deseen regresar a sus tierras.

 

5) Cisjordania y Gaza quedarán bajo la tutela de las Naciones Unidas durante un período transitorio no superior a algunos meses.

 

6) Creación de un estado palestino independiente cuya capital será Jerusalén.

 

7) El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas garantizará la paz entre los estados de la región, incluido el estado palestino independiente.

 

8) El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas garantizará el respeto de estos principios.

 

 

 

 

[Título]  [El Autor]  [Presentación]  [Indice]

 [Introducción]  [Prologo] 

 
[Capítulo I]  [Capítulo II] 
[Capítulo III] [Capítulo IV]  [Epílogo] 

[Notas] 
[Post Scriptum] 
[Documentos]
  [Cronología]  [Glosario]  [Bibliografía] 

 

 

Este texto fue leído veces desde el 13-05-2015

 
 

Quiénes somos | | Su Opinión | | Regresar | | Enviar a un amigo | | Imprimir | | Contáctenos | |Correo| |Subir 

Sitio optimizado por 800x600 I.E 5.0
Compiled by Hanna Shahwan - Webmaster
© Derechos reservados 2004-2015